Se presentó una nota en Mesa General de Entrada en la Municipalidad con la representación de nuestro secretario General del Suoem, Rubén Daniel, y de los otros integrantes del sindicato en el que se indica que se advirtió que el personal que estuvo contratado como artículo 8 e incorporado como planta permanente no percibe la bonificación especial por este artículo de la ordenanza 7.974.
Por esta razón, se explicó en la carta que se generó una situación de "desigualdad" respecto al personal que realiza la misma tarea, pero que sí perciben esta bonificación.
"Esto constituye una grave discriminación, desigualdad y arbitrariedad por parte del Departamento Ejecutivo Municipal", se precisó en la nota presentada por el Suoem.
Porlo que se solicitó que se perciba desde el momento de su incorpración.